Consulta y participación de los trabajadores en ISO 45001 (5.4)
La consulta y participación de los trabajadores es el requisito de ISO 45001 que no tiene equivalente en ISO 9001 ni en ISO 14001. Está en la cláusula 5.4, dentro del capítulo de liderazgo, y la norma lo coloca ahí a propósito: un sistema de seguridad y salud que diseña solo la dirección no conoce los peligros como los conoce quien trabaja con ellos.
En España, además, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ya obliga a consultar a los trabajadores y a dejarles participar. Este artículo explica qué pide la norma, cómo encaja con los delegados de prevención y el comité de seguridad y salud que ya tienes, y qué va a pedir ver el auditor. La versión vigente es ISO 45001:2018; la revisión en curso todavía no se ha publicado.
Consulta y participación no son lo mismo
La norma define los dos términos por separado, y la diferencia importa porque la cláusula 5.4 reparte los temas entre uno y otro:
- Consulta: pedir la opinión de los trabajadores antes de tomar una decisión. La decisión sigue siendo de la dirección, pero tiene que haber escuchado antes.
- Participación: que los trabajadores intervengan en la decisión misma, no solo que opinen sobre ella.
La 5.4 pide hacer las dos cosas en todos los niveles y funciones aplicables y, donde existan, con los representantes de los trabajadores. Y pone el énfasis en los trabajadores no directivos, los que no tienen funciones de dirección, que son quienes están expuestos a los peligros.
Qué exige la cláusula 5.4
Resumido con nuestras palabras, la organización tiene que establecer, implementar y mantener procesos de consulta y participación, y para ello:
- Dar los medios: mecanismos, tiempo, formación y recursos para que la consulta y la participación sean posibles.
- Dar la información sobre el sistema de gestión a tiempo, de forma clara y comprensible.
- Quitar los obstáculos a la participación y reducir los que no se puedan quitar. La norma pone ejemplos: no responder a lo que proponen los trabajadores, las barreras de idioma o de alfabetización, las represalias o la amenaza de represalias, y las políticas o prácticas que desaniman a participar.
- Consultar a los trabajadores no directivos sobre, entre otras cosas, la política de SST, los objetivos y su planificación, las necesidades de las partes interesadas, cómo cumplir los requisitos legales, los controles sobre contratistas y compras, qué se mide y se vigila, el programa de auditorías y la mejora continua.
- Hacer participar a los trabajadores no directivos en, entre otras cosas, la definición de los propios mecanismos de consulta y participación, la identificación de peligros y la evaluación de riesgos, las acciones para eliminar peligros y reducir riesgos, las necesidades de formación, qué se comunica y cómo, las medidas de control y la investigación de incidentes y no conformidades.
La regla para no perderse: en lo que decide la dirección (política, objetivos, auditorías), se consulta; en lo que toca directamente al puesto (peligros, controles, incidentes), se participa.
Cómo encaja con la Ley de Prevención
Si tu empresa cumple la Ley 31/1995, ya tiene buena parte del camino hecho. Lo que dice la ley, leído en el BOE:
- El empresario tiene que consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones de seguridad y salud, y los trabajadores tienen derecho a hacer propuestas de mejora (artículo 18.2).
- La consulta tiene que ser con la debida antelación y cubre, entre otras cosas, la organización del trabajo y las nuevas tecnologías, la organización de la prevención (incluida la elección del servicio de prevención ajeno), los trabajadores encargados de las emergencias y la formación preventiva (artículo 33.1). Si hay representantes, se consulta a través de ellos (artículo 33.2).
- En empresas o centros con seis o más trabajadores, la participación se canaliza a través de los representantes (artículo 34).
- Los delegados de prevención se designan entre los representantes según la plantilla: el delegado de personal hasta 30 trabajadores, uno de 31 a 49, dos de 50 a 100, tres de 101 a 500, y así hasta ocho a partir de 4.001 (artículo 35).
- Con 50 o más trabajadores hay que constituir un Comité de Seguridad y Salud, paritario, que se reúne cada trimestre y siempre que lo pida una de las partes (artículo 38).
- El tiempo de las reuniones del comité y de las convocadas por el empresario en materia de prevención cuenta como trabajo efectivo, sin gastar el crédito horario (artículo 37.1), y el empresario tiene que dar a los delegados los medios y la formación necesarios (artículo 37.2).
Lo que ISO 45001 añade a la ley
Cumplir la ley no basta para la 5.4, por tres razones:
- Los obstáculos. La ley no pide identificar y quitar las barreras a la participación; la norma sí. Si en tu plantilla hay trabajadores que no dominan el castellano, o un turno de noche que nunca coincide con las reuniones, tiene que haber una respuesta para ellos.
- La participación directa. La ley canaliza casi todo por los representantes; la norma pide que los trabajadores no directivos participen en temas concretos, como la evaluación de riesgos de su puesto o la investigación de un incidente en su zona. El delegado de prevención no sustituye al operario que conoce la máquina.
- Las empresas pequeñas. Con menos de seis trabajadores no hay representantes, y la consulta tiene que ser directa. La norma pide igualmente procesos definidos, aunque sean sencillos.
Un ejemplo de cómo organizarlo
Una forma práctica de demostrar la 5.4 es una tabla que diga, para cada tema, si es consulta o participación, quién interviene y por qué canal. Para una empresa de 80 trabajadores con comité de seguridad y salud podría ser así:
| Tema | Tipo | Quién | Canal y evidencia |
|---|---|---|---|
| Política y objetivos de SST | Consulta | Delegados de prevención | Reunión del comité antes de aprobarlos; acta |
| Evaluación de riesgos de un puesto | Participación | Trabajadores del puesto + técnico | Visita al puesto y entrevista; registro en la evaluación |
| Compra de una máquina nueva | Consulta | Delegados y operarios que la usarán | Consulta previa por escrito; respuesta archivada |
| Investigación de un accidente | Participación | Trabajadores de la zona y el afectado | Informe de investigación con sus aportaciones |
| Plan de formación | Consulta | Comité de seguridad y salud | Acta de la reunión trimestral |
| Propuestas y avisos de peligro | Participación | Cualquier trabajador | Buzón o aplicación; registro con la respuesta dada |
Esa tabla es además el punto de partida de las comunicaciones de la cláusula 7.4, y conviene que la política de SST recoja el compromiso de consulta y participación, que es uno de los seis que exige la política de seguridad y salud ISO 45001.
Qué pide ver el auditor
- Los mecanismos definidos: cómo se consulta y cómo se participa, y quién lo hace.
- Actas del comité de seguridad y salud o de las reuniones con los delegados, con temas de SST y no solo de trámite.
- Consultas previas a las decisiones: que la opinión se pidió antes, no después.
- Participación real en la evaluación de riesgos y en la investigación de incidentes, con nombres.
- Respuesta a las propuestas: un buzón lleno de sugerencias sin contestar es justo el obstáculo que la norma pide quitar.
- Entrevistas en planta. El auditor suele preguntar a los trabajadores si saben quién es su delegado de prevención y cómo avisar de un peligro. Es la prueba que no se puede preparar en la oficina.
La cláusula 5.4 no obliga a un documento concreto, pero sin registros no hay forma de demostrarla. Lo explicamos en los documentos obligatorios de ISO 45001.
Errores frecuentes
- Confundir informar con consultar. Enviar la evaluación de riesgos ya terminada no es consulta ni participación.
- Consultar después de decidir. La ley pide la debida antelación y la norma, consultar antes de la decisión.
- Dejarlo todo en el comité. El comité es la vía de consulta, pero la participación de los trabajadores no directivos en su puesto hay que demostrarla aparte.
- Olvidar a los que no están en plantilla. Los trabajadores de ETT y de contratas también trabajan bajo tu control y están expuestos a tus peligros.
- Un comité que no se reúne. Con 50 o más trabajadores, cuatro actas al año es lo mínimo legal; si faltan, el problema ya no es solo de la norma.
Fórmate para implantarlo tú: el curso ISO 45001 recorre la norma cláusula a cláusula, de la política y la evaluación de riesgos al control operacional y la auditoría interna.
Fuentes
- ISO 45001:2018, Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo — Requisitos con orientación para su uso, cláusulas 3 (términos y definiciones) y 5.4. Resumida con nuestras palabras; el texto completo se adquiere en AENOR o en ISO.
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, texto consolidado en el BOE: artículos 18, 19, 33, 34, 35, 37 y 38.
Preguntas frecuentes sobre la consulta y participación
¿Qué diferencia hay entre consulta y participación en ISO 45001?
Consultar es pedir la opinión de los trabajadores antes de tomar una decisión; la decisión sigue siendo de la dirección. Participar es intervenir en la decisión misma. ISO 45001 define los dos términos por separado y en la cláusula 5.4 reparte los temas: unos son de consulta y otros de participación.
¿Quiénes son los trabajadores no directivos?
Los que no tienen funciones de dirección. La cláusula 5.4 pone el énfasis en ellos, porque son los que están expuestos a los peligros, y pide expresamente consultarles y hacerles participar, no solo a los mandos.
¿Los delegados de prevención cumplen el requisito de ISO 45001?
Son la vía natural en España: la Ley de Prevención canaliza la consulta y la participación a través de los representantes de los trabajadores en las empresas con seis o más trabajadores (artículo 34) y de los delegados de prevención (artículo 35). Pero ISO 45001 pide además quitar los obstáculos a la participación y que los trabajadores no directivos intervengan en temas concretos, como la identificación de peligros o la investigación de incidentes, y eso hay que poder demostrarlo.
¿Es obligatorio el comité de seguridad y salud?
En España, sí en las empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores (artículo 38 de la Ley 31/1995), y se reúne cada trimestre. ISO 45001 no exige un comité, pero en esas empresas es el mecanismo de consulta que el auditor esperará ver funcionando, con sus actas.
¿Qué evidencias pide el auditor sobre la cláusula 5.4?
Que los mecanismos estén definidos, actas de reuniones con temas de SST, constancia de las consultas hechas antes de las decisiones, participación de trabajadores en la evaluación de riesgos y en la investigación de incidentes, y respuestas a las propuestas que han hecho. Y suele preguntar directamente a los trabajadores en planta si saben cómo plantear un problema de seguridad.